El presidente de la República Nayib Bukele anunció cuarentena domiciliar por 30 días en el país, como medida de prevención para evitar el contagio de COVID-19. Actualmente se han confirmado tres casos en el territorio nacional.
Las personas no pueden salir de casa, solo en los siguientes casos:
- Una persona por familia podrá salir de casa para abastecerse de alimentos e insumos farmacéuticos.
- Personal de salud, público y privado, debidamente identificado.
- Empleados de farmacias, supermercados y bancos con su identificación.
- También podrán salir "las personas que van a seguir trabajando para que El Salvador siga vivo".
- El transporte público seguirá funcionando, pero advirtió que no podrán ir llenos.
- Los trabajadores de restaurantes para que sirvan en 'delivery', así como los distribuidores de alimento como Uber Eats, Hugo, etc.
- Medios de comunicación, debidamente identificados.
- El sector ganadero y la agricultura.
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- También los empleados de la administración pública: policías, militares, bomberos, empleados del MOP que trabajan en la construcción del hospital de Cifco, migración, Dirección Nacional de Medicamentos, ISNA, CONNA, Aduanas, Cruz Roja.
- Personal de la Corte Suprema de Justicia y Medicina Legal, que sean exclusivamente necesarios, además de los diputados de la Asamblea Legislativa.
- También, las empresas que producen papel higiénico, y desinfectantes.
- Personas que cuiden a niños y niñas, adultos mayores, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables por enfermedades crónicas que deban desplazarse a un lugar por emergencia o atención médica periódica, inclusive estas personas si tuvieren que desplazarse a un centro hospitalario o clínica.
- Personas que por causa de fuerza mayor o caso fortuito o situación de necesidad comprobada deben recurrir a lugares específicos a solventar dichas causas, según el decreto.
- Personas que laboran en vehículos de carga de transporte de mercadería y distribución de mercaderías y sean parte de la cadena de suministro alimentaria y de primera necesidad sus productos o cuya actividad sea la importación o exportación de mercadería.
Las empresas que tienen autorización de seguir trabajando son:
- Aquellas empresas que produzcan textiles, bienes y servicios necesarios para la emergencia como alimentos, productos de limpieza, papel higiénico, y toallas sanitarias.
- Atención a líneas aéreas, servicios de electricidad, bancos y servicios médicos.
- Empresas de seguridad, gasolinera, transporte, taxis, transporte de carga, medios de comunicación, servicio de agua potable pública y privada.
¿Cuándo y cómo usar una mascarilla?